ADOCCO
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Santo Domingo.- La Alianza Dominicana Contra la Corrupción, ADOCCO, afirmó que la recién aprobada ley de declaración jurada de patrimonio, será una herramienta efectiva en la lucha contra la corrupción, ya que permitirá que los bienes declarados puedan ser verificados y conocer la procedencia de los mismos, lo que evitara lo que en la actualidad ocurre, que muchos declarantes al llegar a un puesto público declaran bienes que no poseen, para cuando abandonen el puesto justificar lo que obtuvieron como resultado de actos de corrupción.

La ley aprobada por la Cámara de Diputados en dos lecturas, y que espera por la promulgación del Poder Ejecutivo, establece que si se comprueba alguna falsedad o dolo en una declaración jurada de patrimonio o en los documentos que la sustentan, el organismo responsable de investigación podrá usar dicha documentación como elementos de prueba ante el órgano jurisdiccional correspondiente; al tiempo de precisar que comunicará dicho hallazgo al superior jerárquico del funcionario público, cuando este no obtempere a dicho requerimiento en la forma y los plazos establecidos por la ley, o cuando no justifica su falta de presentación, la declaración se reporta como no depositada con todas las consecuencias que prevé la ley.
La ley establece que en cualquier caso, la Cámara de Cuentas de la República Dominicana comunicará el hecho a la Procuraduría General de la República y que el servidor público en funciones está obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y si no obtempera dentro del plazo establecido en la misma u omitiere declarar algún bien, incurrirá en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la ley No. 41-08, de Función Pública.
Para la organización de la sociedad civil que lucha contra la corrupción, lo mas importante de la ley es que se coloca en consonancia con la constitución de la república, en cuanto a la prueba del origen del patrimonio, al indicar que el funcionario público, está obligado por la presente ley, a probar el origen lícito de su patrimonio obtenido durante el ejercicio del cargo en el momento que le sea requerido por la autoridad competente e incluye un párrafo que señala que “en caso de que el origen del patrimonio no pueda ser probado, la autoridad competente puede accionar en justicia y promover la confiscación de los bienes no probados”.
Para ADOCCO, el régimen de consecuencias de la norma anticorrupción, le confiere efectividad, al establecer sanciones por enriquecimiento ilícito, por lo que, aquellos funcionarios públicos que resulten responsables de enriquecimiento ilícito serán sancionados con la pena de cuatro 4 a 10 años de prisión mayor, una multa equivalente al duplo del monto no declarado, y la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un período de diez 10 años.
En otro párrafo de la ley, se establece que la pena de inhabilitación de 10 años se impone como pena complementaria, cuyo cumplimiento inicia a partir del término de la sanción privativa de libertad impuesta, así como también las personas interpuestas que resulten culpables de las infracciones atribuidas a los funcionarios, serán sancionadas como cómplices de las infracciones que resulten culpables.
ADOCCO reconoció el esfuerzo del senador Charlie Mariotti que por mucho tiempo mantuvo vivo el proyecto, que inicialmente fue promovido por el procurador general de la república Francisco Domínguez Brito, cuando represento a Santiago en la cámara alta y del senador Julio Cesar Valentín, actual representante de esa provincia, que siempre abogaron por el establecimiento de un instrumento jurídico capaz de prevenir la corrupción administrativa y perseguirla, esfuerzo que fue refrendado por el senado y la cámara de diputados y que solo falta la promulgación por parte del Presidente de la República, Danilo Medina.

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