José Miguel Fernández, presidente CDFESSJosé Miguel Fernández, presidente CDFESS

José Miguel Fernández, presidente CDFESS
José Miguel Fernández, presidente CDFESS
Santo Domingo.- El Centro Dominicano de Fortalecimiento y Estudio de la Seguridad Social (CDFESS) denunció una serie de injusticias e inequidades que se registran en el sistema de seguridad social dominicano.
Señala el CDFESS que la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), es considerada por algunos expertos como un paso trascendental, en el entendido que el Estado le garantizaría a los dominicanos sus derechos a disfrutar de una protección suficiente contra los riegos de enfermedad, maternidad, infancia, laborales, vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, y sobrevivencia.
Sin embargo, la realidad es que cuando los afiliados del Régimen Contributivo necesitan más protección reciben menos, en ese tenor el caso de los montos por subsidios por discapacidad es una clara muestra de inequidad y de injusticia, puesto que el trabajador o trabajadora que padece alguna enfermedad que le impide continuar trabajando de manera temporal, solo recibe el 60% del salario promedio de los últimos seis meses, si está hospitalizado el subsidio es reducido al 40%.
Considera que en estos casos la ley amerita una revisión a fin de que en estos casos el empleador cubra el por ciento restante, de manera que el presupuesto del trabajador/a no sea constreñido en el momento que necesitaría más recursos para cubrir la eventualidad, inclusive por solidaridad el empleador debe asumirlo hasta tanto sea modificada la ley.
Asimismo señala la inclusión de los servicios de ambulancia en el seguro familiar de salud como otro aspecto a superar a la mayor brevedad, puesto que se conocen de múltiples casos de afiliados que tienen que ser traslado en ambulancia y el catalogo de prestaciones no le cubre este importante servicio, del cual puede depender la vida de un ser humano y de personas que contribuyen en el SDSS.
Cita como el objetivo fundamental de la seguridad social es garantizar la protección oportuna e integral de la población dominicana y de los residentes legales, contra los riesgos cubiertos en la ley 87-01 y sus normas complementarias, debe ser una realidad.
La Constitución de la República y los artículos 106 y 174 de la ley 87-01 disponen que el Estado Dominicano es el garante final del adecuado funcionamiento de la seguridad social, así como de su desarrollo, fortalecimiento, evaluación y readecuación, y del reconocimiento de los derechos de todos los afiliados. Por cuanto tiene la responsabilidad inalienable de adoptar todas las previsiones y acciones pertinentes para asegurar que los afiliados reciban los beneficios y atenciones con calidad, calidez y eficacia, en el momento que lo requieran. Es el responsable ante la sociedad dominicana de cualquier falla, incumplimiento e imprevisión en que incurra cualquiera de las instituciones sean estas públicas, privadas o mixtas, por consiguiente ante cualquier daño que sufra el afiliado por falta de supervisión, control o monitoreo, el Estado tendrá que resarcirlo.
Indica que al concluir la primera década de la implementación de la seguridad social, el SDSS tiene pendiente proteger el 48% de la población, por tanto ha de priorizar incluir los trabajadores del sector informal de la economía, la población pobre, y los pensionados en el seguro familiar de salud, además iniciar la estrategia de la atención primaria, implementar la red única de salud y las pensiones solidarias, así como otorgar las prestaciones integrales del plan básico de salud, indexar la cápita del régimen subsidiado, superar el déficit del seguro familiar de salud del régimen contributivo, revisar los componentes del salario cotizable, a los fines de garantizar y mantener el equilibrio financiero, indexar anualmente las pensiones. Entre otros.
El Centro Dominicano de Fortalecimiento y Estudio de la Seguridad Social (CDFESS) recordó que la ley 1-12 de Estrategia Nacional de Desarrollo (END) dispone que, la 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), sea revisada en un plazo que no exceda dos años a partir de la promulgación la primera, a los fines de, superar las deficiencias que se han identificado durante los once años de aplicación de la segunda, de manera que al 2016 toda la población este cubierta por la seguridad social y los afiliados reciban el 100% del salario cotizado, cuando estén en licencia médica, habida cuenta que es injusto reducirle sus ingresos por causas que ajena a la voluntad del trabajador/a.
José Miguel Fernández, presidente del CDFESS, puntualizó que para lograr la protección universal de la población las autoridades del SDSS están compelidas a viabilizar la cobertura de los trabajadores del sector informal de la economía, habida cuenta que representa más del 57% de la población económicamente activa, conforme datos del Banco Central, de igual manera ampliar la canasta de cobertura a través de la implementación del plan básico de salud.

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