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Caso Jet Set: juez decidirá 16 de octubre si los hermanos Espaillat enfrentan cargos por homicidio voluntario

Santo Domingo.— El proceso judicial por la tragedia de la discoteca Jet Set, ocurrida el 8 de abril de 2025 en la capital dominicana, entra en…

Caso Jet Set: juez decidirá 16 de octubre si los hermanos Espaillat enfrentan cargos por homicidio voluntario
Imagen ilustrativa generada con inteligencia artificial. Representación de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat conducidos a una audiencia judicial por el caso Jet Set. La escena no es una fotografía real del proceso.

Santo Domingo.— El proceso judicial por la tragedia de la discoteca Jet Set, ocurrida el 8 de abril de 2025 en la capital dominicana, entra en su fase definitiva. El tribunal reservó el fallo para el próximo 16 de octubre de 2026, fecha en la que anunciará si acoge la solicitud de las familias de las víctimas para recalificar la acusación contra los propietarios del establecimiento, los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, de homicidio involuntario a homicidio voluntario.

El trágico colapso del techo del icónico centro de entretenimiento cobró la vida de 236 personas y dejó a más de 180 heridas durante la celebración de un evento masivo. El hecho conmovió a la sociedad dominicana y detonó una exhaustiva investigación técnica sobre el estado estructural del inmueble.

Las pericias presentadas durante la instrucción por parte del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA) y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) documentaron severas deficiencias acumuladas. Entre los hallazgos principales destaca la demolición no autorizada de una columna en el sector oeste del local para ampliar el área de público, lo que comprometió la estabilidad de las vigas principales.

A las modificaciones estructurales sin aval técnico se sumaron la acumulación de peso por equipos e instalaciones colgadas del techo, así como la falta de mantenimiento correctivo ante filtraciones y desprendimientos previos reportados en el lugar.

Consideran que hay elementos para declarar  homicidio voluntario

La petición fue planteada por representantes de los querellantes, quienes consideran que existen elementos para examinar la figura del dolo eventual. Esta supone, en términos generales, que una persona pudo prever un resultado mortal y aceptar conscientemente ese riesgo. Los abogados entienden que esta calificación podría dar lugar a sanciones más graves.

La defensa de los hermanos Espaillat, encabezada por el abogado Miguel Valerio, rechazó el cambio de calificación penal durante la audiencia del 9 de octubre de 2026. Sostuvo que no se ha demostrado que sus representados conocieran y aceptaran la posibilidad de causar un desenlace mortal, y argumentó que la gravedad de la tragedia no basta para justificar la modificación de los cargos.

El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, anunció que decidirá el viernes 16 de octubre, a las 9:00 de la mañana, si acoge o rechaza la solicitud. También señaló que debe examinar si la nueva calificación propuesta corresponde a la competencia del tribunal que conoce el proceso.

El Ministerio Público mantiene la acusación por homicidio involuntario. Los hermanos Espaillat fueron enviados a juicio de fondo en junio de 2026, cuando el juez de instrucción mantuvo esa calificación jurídica.

El caso se originó tras el colapso del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025 en Santo Domingo, tragedia que dejó 236 personas fallecidas. El proceso busca establecer las responsabilidades penales correspondientes a partir de las pruebas y los argumentos presentados ante la justicia.

Actualmente, los hermanos Antonio y Maribel Espaillat se encuentran procesados bajo la acusación de homicidio e imprudencia involuntaria, cargos presentados originalmente por el Ministerio Público conforme a los artículos 319 y 320 del Código Penal dominicano, manteniéndose bajo medidas de coacción que incluyen impedimento de salida del país y garantía económica.

Sin embargo, los abogados querellantes y representantes de las víctimas fatales solicitaron formalmente la variación de la calificación jurídica a homicidio voluntario. Los juristas sostienen su argumento en la doctrina del dolo eventual, alegando que la administración conocía el deterioro del techo, previó el riesgo inminente de un colapso y decidió continuar la operación del establecimiento con eventos multitudinarios.

La defensa técnica de los hermanos Espaillat rechaza de manera categórica el pedido de recalificación. Los abogados defensores argumentan la falta de intención delictiva de matar y sostienen que la figura del dolo eventual no se encuentra tipificada de forma explícita en el Código Penal vigente, advirtiendo sobre una posible vulneración al principio de legalidad.

De acogerse la recalificación a homicidio voluntario, los acusados podrían enfrentarse a penas de hasta 30 años de prisión, en contraste con las sanciones de menor cuantía que contempla el homicidio involuntario. La decisión que dicte el tribunal este 16 de octubre marcará un precedente determinante en la jurisprudencia nacional sobre la responsabilidad penal de propietarios en eventos masivos.

Actualmente los Hermanos Espaillat se encuentran en libertad bajo medidas de coacción dictadas por el tribunal, las cuales incluyen: Impedimento de salida del país, presentación periódica ante las autoridades judiciales y garantía económica.

Con ayuda de IA

Margarita Brito

Periodista con más de 20 años de experiencia en radio, televisión y prensa escrita. Esposa, madre y abuela. Escribo porque me gusta y porque nada me es ajeno.

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