El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional determinó que no existían pruebas suficientes para condenar a Tommy Galán, Andrés Bautista y Roberto Rodríguez, cuatro de los seis implicados en el juicio de fondo del caso Odebrecht, por lo cual fueron dejados en libertad.

Pittaluga, imputado por complicidad en sobornos en el comercio y la inversión y lavado de activos, fue favorecido con una sentencia absolutoria porque no se ha demostrado que haya incurrido en tipo de complicidad en sobornos ni en el ilícito de lavado de activos. Las juezas determinaron que el abogado fue contratado para asesoría legal y consultoría y que su compañía no era oculta.

Andrés Bautista nunca he actuado en la ilegalidad

 
De su lado, de Andrés Bautista,  imputado de soborno en la función pública, falsedad en sus declaraciones juradas y lavado de activos, el tribunal determinó que no se presentó ningún documento de prueba que permita determinar que ejerció influencia para aprobar los contratos de obras durante sus funciones. Las juezas indicaron que no hay ninguna evidencia que les permita establecer que incurrió en enriquecimiento ilícito, sino que la procedencia de cada uno de los patrimonios que posee es lícita.

“Le doy gracias a Dios porque después de cinco años y un calvario y un viacrucis, se ha impuesto lo que siempre decía: la verdad…la justicia se ha impuesto en mi caso. Decirle al pueblo dominicano que yo no le he fallado porque yo nunca he estado en la ilegalidad, nunca he estado en actos de corrupción, mi lucha o este calvario fue por una persecución política, una judicialización de un tema político y un acto de venganza”, afirmó el exsenador luego del fallo tras decir que el ex presidente Danilo Medina y el exprocurador Jean Alain Rodríguez, deberían de “estar avergonzados” por su actuación.

El tribunal declaró a Tommy Galán, acusado de soborno  y prevaricación, falsedad en sus declaraciones juradas de bienes, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, tras determinar que el mismo no tenía ninguna responsabilidad penal con los hechos imputados.

Sostuvo que el Ministerio Público no ha probado que Galán haya incurrido en falsedad en la declaración jurada ni en enriquecimiento ilícito violentando la Ley 311-14.

“Ojala que el Ministerio Público sea reflexivo ante lo que hoy se ha evidenciado y que no se le ocurra apelar esa decisión. Yo tengo sentimientos encontrados, por un lado me da emoción devolverle la tranquilidad a mis hijos, a mi mamá, mi papá y mis amigos también… porque qué importo yo en cinco años, quién me repara los daños, a quién le voy a reclamar esto cuando hay consecuencias que solo el tiempo puede cumplirlas”, manifestó.

En tanto Roberto Rodríguez, acusado de soborno en la función pública, falsedad en sus declaraciones juradas y lavado de activos, al no haber sido probado que el hecho también fue  descargado de toda responsabilidad penal.

El escándalo de sobornos de la constructora Odebrecht estalló en Nueva York en diciembre de 2016 cuando la empresa brasileña admitió sobornos en una docena de países para agenciarse obras públicas, incluyendo la afirmación de que sobornó a funcionarios dominicanos por 92 millones de dólares entre los años 2001 y 2014, período que se correspondió con los gobiernos de Hipólito Mejía, Leonel Fernández y Danilo Medina.

Por Margarita Brito

Periodista con más de 20 años de experiencia en radio, televisión y prensa escrita. Esposa, madre y abuela. Escribo porque me gusta y porque nada me es ajeno.

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