Se reconoce ampliamente que la mayoría de los sistemas alimentarios afectan en menor o mayor grado al medio ambiente, pero también existen formas de minimizar esos impactos de tal manera que garanticen la seguridad alimentaria y nutricional.

El informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) sobre el estado mundial de la pesca y la acuicultura 2020, en su prólogo, reconoce que, a pesar de los desafíos, la pesca y la acuicultura juegan un papel significativo y creciente en la provisión de alimentos, nutrición y empleo.

El pescado y los productos pesqueros se encuentran no solo entre los alimentos más saludables del mundo sino también entre aquellos que menos repercuten en el ambiente natural. Cada vez hay más datos comprobados que cuando una pesquería está sujeta a una ordenación adecuada, las poblaciones tienden a recuperarse sistemáticamente, lo que  requiere con frecuencia, la adaptación y reajuste de políticas y medidas a las realidades y necesidades locales.

El manejo ecosistémico plantea la existencia de sistemas socio-ecológicos formados por los recursos, las unidades de los recursos, los sistemas de gobernanza y los usuarios de los recursos.

Las pesquerías son netamente artesanales. La FAO señala en la meta 14b de los ODS la necesidad de ¨facilitar el acceso de los pescadores artesanales a los recursos marinos y los mercados¨ como parte esencial para la sostenibilidad de la pesca a nivel mundial.

El decreto 326-21 lejos de amenazar las poblaciones de escáridos (peces loro) tiene como fin principal ofrecer un marco jurídico que permita esas adecuaciones y adaptaciones, así como el trabajo colaborativo tomando elementos del manejo ecosistémico, es decir, considerando la realidad de nuestras comunidades de hombres y mujeres que viven de la pesca de forma tal que ellos puedan ser compromisarios del respeto a las medidas que en conjunto sean tomadas para el aprovechamiento sostenible de las poblaciones de peces.

Es lamentable que el compromiso estatal asumido a través del mencionado decreto haya sido desvirtuado y manipulado para fines personales y/o político partidistas y no en favor del ordenamiento de un sector que fue olvidado por años. Las autoridades del CODOPESCA desde el primer momento han enfocado todos sus esfuerzos en realizar una gestión transparente e inclusiva sin dejarse guiar por presiones de personas interesadas en su desmembramiento. El cierre total de una pesquería impacta de manera negativa sobre la forma de vida de miles de familias pesqueras, estimulando la ilegalidad en el sector.

Las constantes acusaciones e insinuaciones maliciosas lejos de contribuir a la conservación de las especies de loros, solo persiguen empañar la imagen a la actual gestión institucional al gobierno, el cual está empeñado en trabajar en la mejora de la calidad de vida de nuestras comunidades pesqueras.

Si bien es cierto que pueden citarse medidas regulatorias impuestas en países de la región dirigidas a la conservación de los peces loro, también es cierto que en muchos casos las mismas no contemplan el cierre total de una pesquería en la cual la mayoría de las especies objetivo no están consideradas en peligro de extinción.  Los países indicados en un artículo publicado recientemente cuentan con pesquerías industriales desarrolladas y al menos en el caso de Guatemala, con una flota pesquera industrial en el océano Pacifico por lo que una prohibición de la pesca de loros no se esperaría que tenga un gran efecto social.

CODOPESCA actualmente está focalizado en trabajar con todos los involucrados del sector buscando el contribuir con la evaluación de las medidas regulatorias y el desarrollo de la línea base científica que permitan su mejora.

Es bien conocido que el ordenamiento de la pesca y la acuicultura es competencia del CODOPESCA. La creación de la Ley de Pesca tiene su base en el mandato expreso de la misma Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la cual en su Art. 149 indica:

«El Estado Dominicano regulara mediante ley especial, la actividad pesquera de subsistencia, comercial e industrial. Determinará los métodos y prácticas de pesca, la introducción, trasplante, cultivo y cría, los lugares y las fechas, las especies que puedan capturarse, su tamaño, su sexo y el número de ejemplares que sea permitido capturar» 

En base a lo anterior es claro que el establecimiento de las vedas de especies pesqueras le corresponde al CODOPESCA.

Señalar qel CODOPESCA debe pertenecer al Ministerio de Medio Ambiente, es desconocer cómo se ha realizado la gestión de la pesca en nuestro país, que inicia con la ley 5914 del año 1962, la cual estuvo vigente hasta el año 2004, cuando es sustituida por la ley 307-04, la ley actual de pesca y acuicultura, ambas leyes orientan esta actividad dentro del sector productivo nacional, por tanto, la institución esta donde corresponde estar.

Por Margarita Brito

Periodista con más de 20 años de experiencia en radio, televisión y prensa escrita. Esposa, madre y abuela. Escribo porque me gusta y porque nada me es ajeno.

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