motorLa Dirección General de Tránsito Terrestre prohibió este jueves, mediante la resolución 02-16, que conductores de motocicletas transiten con otra persona en la parte trasera. La medida entrará en vigor a partir del próximo lunes.

 

El organismo hace una clasificación de las motocicletas existentes en el país y las divide en tres grupos: las dedicadas al transporte de pasajeros (motoconcho), las dedicadas a mensajería en empresas públicas y privadas y las utilizadas por su propietario como medio de transporte individual.

La medida dispone que tanto el conductor como la persona que vaya en la parte trasera de la motocicleta deberán llevar casco protector.

Gran parte de los atracos en el país se realizan en motores, lo que ha originado que diversos medios destaquen la situación, entre estos Listín Diario.

“Únicamente las motocicletas dedicadas al transporte de pasajeros quedan autorizadas a llevar en la parte trasera de dicho vehículo a otra persona, debiendo para ello llevar puesto en su cabeza, tanto el conductor como el pasajero, un casco protector confeccionado de un material resistente e inastillable, que le ayude a proteger esa parte de su cuerpo, en caso de sufrir un accidente de tránsito”, precisa el artículo segundo de la resolución.

Ese mismo artículo señala que la DGTT encaminará esfuerzos con otras instituciones estatales y privadas, a los fines de implementar en el futuro cercano un sistema que permita dotar a los motociclistas de un chaleco reflectivo, debidamente numerado, que permita la fácil identificación de estos conductores por parte de las autoridades.

La medida prohíbe “terminantemente” a los conductores de motocicletas dedicadas a mensajería, llevar en la parte trasera a otra persona, sea de modo gratuito o por pago de dinero.

Aquellos que utilizan sus motocicletas para su transporte individual también tienen la misma prohibición, con la facilidad de que si quieren transportar otra persona deben solicitar un permiso a la DGTT.

“En este caso el propietario podrá solicitar un permiso a la Dirección General de Tránsito Terrestre, para que sea autorizado a transportar otra persona en la parte trasera de su motocicleta”, precisa la resolución.

El párrafo II del artículo cuarto de la resolución precisa que la DGTT valorará los argumentos sustentados por los solicitantes y decidirá si le otorga o no el permiso. En caso de una respuesta positiva, el solicitante deberá estar provisto de la matrícula de motor, licencia, seguro y casco correspondientes, asíMotoristas como tener los mecanismos de seguridad de la motocicleta, en perfecto estado.

Por Margarita Brito

Periodista con más de 20 años de experiencia en radio, televisión y prensa escrita. Esposa, madre y abuela. Escribo porque me gusta y porque nada me es ajeno.

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